El diario denuncia una sentencia al vapor para favorecer intereses políticos y apunta hacia el exgobernador Humberto Moreira. Precedente negativo para la prensa: SIP. Alianza de Medios pide a la Corte atraer el caso
El Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del Octavo Circuito, con sede en Saltillo, emitió una resolución que desestima, por voto mayoritario, los amparos interpuestos por el periódico Vanguardia. Este fallo, que ratifica una sentencia previa, culmina en la aprobación del embargo de bienes inmuebles de la Compañía Editora Coahuilense, razón social del medio de comunicación. El proceso judicial se origina en una supuesta deuda mercantil con Grupo Inmobiliaria España Juárez, un litigio que se ha prolongado por 17 años.
«La Sala tuvo que presumir cuándo se entregó y cómo se dispuso de las cantidades… se tenía que dar el aviso por parte del banco… este aviso se está presumiendo, no está demostrado».
Héctor Alejandro Treviño de la Garza, magistrado presidente del Octavo Circuito
La decisión judicial, si bien se presenta en el ámbito del derecho mercantil, ha trascendido la esfera de una disputa privada para ser categorizada por Vanguardia y diversas organizaciones de prensa como un acto de acoso judicial y un ataque directo a la libertad de expresión. El caso ha generado una intensa discusión sobre el uso de mecanismos legales con el afán de intimidar, desgastar y silenciar a los medios de comunicación críticos. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) calificó la sentencia como un «precedente regresivo» para la prensa en México, mientras que la Alianza de Medios Mx ha solicitado la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que atraiga el caso y asegure una revisión independiente bajo los principios del Estado de derecho.
«Se obtuvo (la deuda) para un crédito para una remodelación que incluso se hizo, de eso no hay duda… y sí está ahí el certificado, ahí está todo. La Sala resolvió correctamente».
Guadalupe García de la Fuente, magistrada del Octavo Circuito
Antecedentes
El conflicto legal se inició en 2008, a partir de un juicio mercantil que involucra a la Compañía Editora Coahuilense y al Grupo Inmobiliaria España Juárez. La raíz de la disputa es una supuesta deuda por un crédito que, según la postura del periódico Vanguardia, es «inexistente». El medio ha reiterado en múltiples ocasiones que la denuncia fue «fabricada» y que no existen documentos que respalden un adeudo, ya que el crédito en cuestión «nunca fue utilizado».
La complejidad del caso se incrementa con la adquisición de los derechos litigiosos de la presunta deuda por parte del exgobernador de Coahuila, Humberto Moreira Valdés. Según Vanguardia, el exmandatario ha utilizado esta situación como una «herramienta de presión» y ha orquestado una campaña de «hostigamiento judicial» que se remonta a 2016. Como parte de esta supuesta campaña, el periódico denuncia amenazas, demandas, cateos a la propiedad de sus directivos y presiones sobre jueces.
En contraposición, el representante legal de la inmobiliaria señala que la postura del periódico constituye una «perversa desinformación». Acusa a los propietarios del medio de haber utilizado «tácticas dilatorias» y de ejercer presiones sobre el poder judicial para prolongar el proceso por 17 años y evitar una resolución expedita. El demandante sostiene que las resoluciones judiciales, incluyendo la sentencia final del Tribunal Colegiado, han sido apegadas a derecho, representando la conclusión de un litigio legítimo.
Sentencia polémica
La resolución del caso se dio a través de la votación mayoritaria del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del Octavo Circuito. La decisión se fundamentó principalmente en los argumentos del magistrado Edgar Humberto Muñoz Grajales, quien fue secundado por la magistrada Guadalupe García de la Fuente. En contraste, el presidente del tribunal, Héctor Treviño de la Garza, emitió un voto disidente.
Los magistrados de la mayoría, Muñoz Grajales y García de la Fuente, basaron su rechazo al amparo en la premisa de que se trata de una «controversia entre particulares» y no de un asunto de derechos constitucionales que ameritara la intervención de la Suprema Corte. En contraposición, Treviño de la Garza expresó una opinión contraria, fundamentada en objeciones críticas a la base del adeudo. Su argumento central fue que el «título ejecutivo no daba liquidez ni certeza del adeudo». Este punto es de particular relevancia, ya que un título ejecutivo debe ser incuestionable para proceder al embargo.
La sentencia provocó la condena de influyentes organizaciones de prensa, tanto a nivel nacional como internacional, que ven en el fallo un precedente negativo. La SIP ha sido contundente al calificar el dictamen como un «retroceso» y un «precedente regresivo para la libertad de prensa en México» y ha exhortado a las autoridades mexicanas a garantizar que las disputas legales contra los medios se manejen con el debido proceso, sin influencias indebidas o motivos políticos.
Alianza de Medios Mx también ha manifestado su «inquietud» por el proceso y emitido un comunicado para seguir de cerca el desenlace del caso. Denuncia que el sistema judicial está siendo utilizado para frenar la libertad de expresión y solicitó a la SCJN que atraiga el caso. Su objetivo es asegurar un «escrutinio riguroso, independiente y acorde a los principios del Estado de derecho» que proteja el ejercicio periodístico. E4
Fechas clave
- 1994 (8 – 9 de diciembre):
Fechas que se presumen para la disposición del crédito. - 2008:
Se pone en marcha el litigio mercantil. - 2016:
Vanguardia denuncia una campaña de hostigamiento judicial. - 9 de diciembre de 2024:
La Sala del TSJ emite una sentencia de primera instancia en contra de Grupo Vanguardia. - 14 de agosto de 2025:
El Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del Octavo Circuito resuelve un amparo directo, ratificando la sentencia de primera instancia y aprobando el embargo.
