{"id":4914,"date":"2022-06-28T17:56:02","date_gmt":"2022-06-28T22:56:02","guid":{"rendered":"https:\/\/espacio4.mx\/?p=4914"},"modified":"2022-07-07T20:24:26","modified_gmt":"2022-07-08T01:24:26","slug":"jubilados-a-la-deriva-financiera-en-un-mexico-que-ya-pinta-canas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espacio4.mx\/jubilados-a-la-deriva-financiera-en-un-mexico-que-ya-pinta-canas\/","title":{"rendered":"Jubilados, a la deriva financiera en un M\u00e9xico que ya pinta canas"},"content":{"rendered":"\n
Los apoyos gubernamentales para adultos mayores no resuelven el problema de fondo. El pa\u00eds necesita una Ley General de Pensiones que unifique las pol\u00edticas estatales y municipales: Plata Sandoval<\/p>\n\n\n\n
Coahuila acumula 13,657 mdp de d\u00e9ficit pensionario<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n El sistema de pensiones representa hoy uno de los mayores desaf\u00edos que enfrenta la 4T. Las continuas reformas implementadas por los Gobiernos de M\u00e9xico en aras de fortalecer la salud financiera y elevar la calidad de vida de los jubilados en el pa\u00eds no dan abasto para enfrentar un problema que se enquista en el entramado social y pega con fuerza, no solo en los bolsillos y las condiciones de subsistencia de las personas de la tercera edad, sino en la del resto de la familia, obligada a echar manos de sus propios recursos para suplir aquellos que el Estado no es capaz de brindarles.<\/p>\n\n\n\n La debacle que existe en el sistema nacional de pensiones no tuvo lugar de la noche a la ma\u00f1ana. Se trata de una crisis que se viene gestando desde finales del pasado siglo a partir de la conjunci\u00f3n de cuatro elementos fundamentales:<\/p>\n\n\n\n El gasto indiscriminado y desordenado del gasto p\u00fablico que termin\u00f3 por detonar un elevado incremento del d\u00e9ficit fiscal e incapacit\u00f3 al Estado para financiar los sistemas de pensiones con cargo al presupuesto p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n La estrategia de financiamiento a partir del sistema de beneficio dividido que por a\u00f1os se sostuvo y que a\u00fan hoy persiste en modelos h\u00edbridos.<\/p>\n\n\n\n El aumento de la esperanza de vida y la disminuci\u00f3n de la tasa de crecimiento poblacional.<\/p>\n\n\n\n La ausencia de una Ley General de Pensiones que permita dar suficiencia y viabilidad financiera a los diferentes sistemas p\u00fablicos y privados que la asuman.<\/p>\n\n\n\n Las pol\u00edticas de protecci\u00f3n social desarrolladas por Gobiernos de distintos colores y siglas no pasan de ser paliativos a corto plazo, que responden m\u00e1s a un inter\u00e9s pol\u00edtico que a la voluntad de hallar una soluci\u00f3n de fondo.<\/p>\n\n\n\n Una investigaci\u00f3n realizada por el Consejo Nacional de Evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Desarrollo Social (CONEVAL) demostr\u00f3 que, en 2010, el 60.7% de los mexicanos carec\u00eda de acceso a la seguridad social y se erig\u00eda, adem\u00e1s, como la privaci\u00f3n con mayor rezago dentro de los elementos que conforman la medici\u00f3n multidimensional de la pobreza.<\/p>\n\n\n\n A pesar de ello, la 4T tambi\u00e9n cay\u00f3 en la tendencia de los apoyos sociales e incluy\u00f3 en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el Banco del Bienestar, el Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, el Programa Pensi\u00f3n para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, as\u00ed como el pol\u00e9mico Instituto Nacional de Salud para el Bienestar. Todos ellos orientados a mitigar el d\u00e9ficit en materia de protecci\u00f3n social heredado de las administraciones anteriores.<\/p>\n\n\n\n S\u00famese a ello que la dispersi\u00f3n y heterogeneidad de los sistemas estatales de pensiones dificulta el establecimiento de una ley general en la materia capaz de lograr un sistema sostenible, autofinanciable y suficiente en cuanto a cobertura y tasas de reemplazo, argumenta el contador p\u00fablico Jos\u00e9 Armando Plata Sandoval, quien adem\u00e1s ha fungido como director general de fiscalizaci\u00f3n, coordinador de asesores en la Secretar\u00eda de Finanzas del Estado de Coahuila y es autor del libro Sistema de pensiones: Estudio cr\u00edtico<\/em>, donde practica un profundo an\u00e1lisis sobre esta problem\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n Del BD al CD<\/strong><\/p>\n\n\n\n Plata Sandoval explica que las pensiones contributivas \u2014asociadas, principalmente, a los trabajadores en el sector formal\u2014 se dividen en dos sistemas: a) el sistema de beneficio definido (BD) y b) el sistema de contribuci\u00f3n definida (CD).<\/p>\n\n\n\n \u00abEn los sistemas BD, el nivel de la pensi\u00f3n est\u00e1 determinado por una regla basada en la historia de las contribuciones del trabajador. La regla de beneficios puede ser establecida en referencia al \u00faltimo salario o a un per\u00edodo m\u00e1s amplio [\u2026] Como su nombre lo se\u00f1ala, los beneficios que recibir\u00e1n los trabajadores al final de su vida laboral est\u00e1n establecidos con claridad desde el inicio de la relaci\u00f3n de trabajo. Bajo este esquema, las aportaciones de los trabajadores activos deben ser suficientes para financiar el pago de las pensiones de las personas de edad avanzada. Por tanto, su sustentabilidad est\u00e1 comprometida con el proceso de envejecimiento poblacional: cuando aparece un incremento en el n\u00famero de jubilados y disminuyen los trabajadores activos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n Bajo el esquema BD, el patrocinador del plan acordado tiene la obligaci\u00f3n de garantizar el pago de la pensi\u00f3n hasta la muerte del trabajador, por lo que debe contar con los recursos suficientes. En caso de que el plan no est\u00e9 completamente fondeado, el patrocinador deber\u00e1 incrementar el valor presente de los activos o disminuir los pasivos mediante la reducci\u00f3n de beneficios. Circunstancias, ambas, que no se presentan en el sistema de contribuci\u00f3n definida.<\/p>\n\n\n\n \u00abEn el sistema de CD, la pensi\u00f3n est\u00e1 determinada por el valor de los activos acumulados por un individuo durante su vida laboral. Los beneficios pueden ser retirados de una sola vez a partir de retiros programados o estableciendo un pago mensual hasta el final de la vida del individuo y, en su caso, de sus beneficiarios.<\/p>\n\n\n\n \u00bbEn el esquema de CD, lo \u00fanico que se tiene por cierto es el monto de las cuotas y aportaciones a una cantidad individual para el retiro, pero el monto de la pensi\u00f3n depender\u00e1 del total ahorrado, la expectativa de vida del individuo y el rendimiento neto obtenido\u00bb.<\/p>\n\n\n\n En pocas palabras, mientras en el sistema BD corresponde a los trabajadores activos fondear continuamente las pensiones de los jubilados, en el caso del sistema CD, las aportaciones se acumulan en una cuenta individual y construyen el patrimonio que, en el momento del retiro, financiar\u00e1 el pago de una pensi\u00f3n. No en vano, la mayor\u00eda de las entidades han emigrado del esquema BD al CD \u2014aunque bastante tarde y con el da\u00f1o hecho\u2014 mientras otros se encuentran en un modelo h\u00edbrido, donde combinan ambas versiones, hasta tanto se pueda llevar a cabo la mutaci\u00f3n completa.<\/p>\n\n\n\n M\u00e9xico envejece<\/strong><\/p>\n\n\n\n Seg\u00fan Ver\u00f3nica Montes de Oca Zavala, del Instituto de Investigaciones Sociales (IIS), en M\u00e9xico las proyecciones de crecimiento de la poblaci\u00f3n se modificaron. \u00abSe incrementa el n\u00famero de personas adultas y adultas mayores; la tendencia es hacia el envejecimiento, fen\u00f3meno que se muestra tambi\u00e9n en el descenso de las tasas de fecundidad, aunque no es homog\u00e9neo en el pa\u00eds\u00bb (Direcci\u00f3n General de Comunicaci\u00f3n Social, 09.06.21).<\/p>\n\n\n\n La disminuci\u00f3n de la fecundidad se debe a varios factores: mayor nivel educativo, as\u00ed como el costo econ\u00f3mico y oportunidades de procrear. Como consecuencia, se calcula que en menos de 50 a\u00f1os la estructura poblacional corresponder\u00e1 a la de un pa\u00eds envejecido; una proporci\u00f3n importante de su poblaci\u00f3n tendr\u00e1 65 a\u00f1os o m\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n De acuerdo con las Proyecciones de Poblaci\u00f3n que elabora el Consejo Nacional de Poblaci\u00f3n (Conapo), los adultos mayores llegar\u00e1n a ser 24.4 millones para 2050; en t\u00e9rminos relativos, la proporci\u00f3n de este grupo etario crecer\u00e1 de 7.2 a 16.2 por ciento.<\/p>\n\n\n\n Ya sea desde la perspectiva de sistema de beneficio definido o el sistema de contribuci\u00f3n definida, la ampliaci\u00f3n de la esperanza de vida impacta significativamente en el fondeo del sistema de pensiones.<\/p>\n\n\n\n En el primer escenario, advierte Plata Sandoval \u00ablos j\u00f3venes ahorran y ese ahorro sostiene el consumo de los viejos que ya no pueden trabajar y que no generan ingresos. [\u2026] Aqu\u00ed, el cambio demogr\u00e1fico es fundamental, ya que se han presentado dos tendencias que deben evaluarse. Por un lado, la poblaci\u00f3n mayor cada vez vive m\u00e1s [\u2026] y eso implica m\u00e1s a\u00f1os de cobro de pensi\u00f3n; y, por otro flanco, como los nacimientos han disminuido por el freno a la explosi\u00f3n demogr\u00e1fica, la base de j\u00f3venes que financian las pensiones de los mayores es cada vez menor\u00bb.<\/p>\n\n\n\n Este desequilibrio amenaza con volver insostenible los sistemas de pensiones basados en la solidaridad intergeneracional.<\/p>\n\n\n\n En el segundo escenario, donde cada quien ahorra para s\u00ed mismo, el factor demogr\u00e1fico tambi\u00e9n influye de manera directa. \u00abLa mayor esperanza de vida implica que el trabajador deber\u00e1 generar un ahorro cada vez mayor para gozar de una pensi\u00f3n que le permita suavizar la ca\u00edda en su consumo al dejar de percibir un salario en el momento de su retiro. Esto vuelve necesario revisar el monto de las contribuciones al sistema pensionario realizadas por el trabajador a lo largo de su vida laboral\u00bb.<\/p>\n\n\n\n LSS vs. ISSSTE<\/strong><\/p>\n\n\n\n Destaca Plata Sandoval en su obra que las dos leyes principales que regulan las pensiones de la gran mayor\u00eda de los trabajadores de M\u00e9xico son la Ley del Seguro Social (LSS) y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Ambas son de observancia general en el pa\u00eds y sus disposiciones son de orden p\u00fablico e inter\u00e9s social.<\/p>\n\n\n\n La primera regula el otorgamiento de una pensi\u00f3n garantizada por el Estado e integra seguros como el de riesgos de trabajo \u2014originado por accidentes laborales y enfermedades\u2014, el de retiro, cesant\u00eda en edad avanzada y vejez, as\u00ed como la muerte de los pensionados.<\/p>\n\n\n\n En esta ley se establece el otorgamiento de pensi\u00f3n, garantizado por el Estado como una de las finalidades de la seguridad social y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es la entidad encargada de la organizaci\u00f3n y administraci\u00f3n del sistema de pensiones para los trabajadores formales del sector privado, y son contemplados dos reg\u00edmenes: obligatorio y voluntario. En el obligatorio se agrupan las personas vinculadas a un patr\u00f3n en una relaci\u00f3n de trabajo, ya sea permanente o eventual. En el voluntario son contemplados miembros de sociedades cooperativas productivas, peque\u00f1os propietarios, profesionales independientes, trabajadores dom\u00e9sticos y personas f\u00edsicas al servicio de administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n La segunda ley es aplicada a las dependencias y empleados del servicio p\u00fablico civil, as\u00ed como a pensionados y familiares derechohabientes. Al igual que la LSS, cubre los seguros de riesgos de trabajo, de invalidez y vida, de retiro, de cesant\u00eda en edad avanzada y vejez, pero, adem\u00e1s, debe brindar los servicios m\u00e9dicos, terap\u00e9uticos y la determinaci\u00f3n de siniestros laborales y sus connotaciones, al mismo tiempo que proporciona servicios adicionales de turismo, funerarias y guarder\u00edas, entre otros.<\/p>\n\n\n\n Es importante se\u00f1alar que tanto la Ley de Seguro Social como al Ley del ISSSTE fueron reformadas para trasladar sus sistemas de financiamiento originales de reparto (BD) a uno de cuentas individuales (CD). E4<\/strong><\/p>\n\n\n\n Municipios con ley para implementar su sistema de pensiones:<\/strong><\/p>\n\n\n\n *En proceso de implementaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n Coahuila acumula 13,657 mdp de d\u00e9ficit pensionario<\/p>\n\n\n\n La ASEC detecta irregularidades en el control del gasto previsional, limitaciones sobre el dise\u00f1o de las prestaciones y beneficios de seguridad social y pasivos actuariales, adem\u00e1s de un importante desorden presupuestal y hacendario<\/p>\n\n\n\n \u00abDe acuerdo con los estudios actuariales de los municipios del estado de Coahuila presentados por la Auditor\u00eda Superior del Estado de Coahuila (ASEC) en sus Informes del Resultado de los a\u00f1os 2012 al 2015, los municipios del estado han presentado importantes limitaciones y problemas en cuanto al control del gasto previsional, el dise\u00f1o de las prestaciones y beneficios de seguridad social y pasivos actuariales, adem\u00e1s de un importante desorden presupuestal y hacendario, lo que puede ser traducido en la descapitalizaci\u00f3n de reservas para el pago de pensiones y beneficios derivados de sus esquemas de seguridad social\u00bb, se\u00f1ala Plata Sandoval.<\/p>\n\n\n\n Este c\u00famulo de irregularidades ha generado un d\u00e9ficit actuarial en el sistema de pensiones del estado \u2013el monto de las reservas y aportaciones es menor a los beneficios que se deben pagar\u2013, el cual supera los 13 mil 657 millones de pesos para la generaci\u00f3n actual y se calcula que ser\u00e1n m\u00e1s de 8 mil 560 millones de pesos para las generaciones futuras.<\/p>\n\n\n\n En otro informe \u2014Resultado de la fiscalizaci\u00f3n de la cuenta p\u00fablica de 2012\u2014, la ASEC se\u00f1al\u00f3 que, de los 38 municipios del estado, solamente Saltillo y Torre\u00f3n ten\u00edan un sistema de pensiones formal estructurado bajo el esquema de organismo p\u00fablico descentralizado de la administraci\u00f3n municipal.<\/p>\n\n\n\n Actualmente, apenas 10 municipios de Coahuila cuentan con una ley aprobada por el Congreso del Estado para crear su sistema de pensiones, mientras que los 28 restantes ya fueron autorizados para la afiliaci\u00f3n al IMSS.<\/p>\n\n\n\n En aras de promover dicha afiliaci\u00f3n, advierte Plata Sandoval, el Congreso estatal dio luz verde a los municipios interesados para convenir con el instituto la incorporaci\u00f3n de su personal al r\u00e9gimen obligatorio del seguro social y que sean afectadas las participaciones, subsidios o transferencias federales que les correspondan para garantizar el pago de las cuotas pertinentes.<\/p>\n\n\n\n En este contexto, sobreviene una serie de condiciones asociadas a la posibilidad de afiliaci\u00f3n al IMSS que se deben conocer de antemano:<\/p>\n\n\n\n La pensi\u00f3n pagada a sus trabajadores por la instituci\u00f3n de seguridad social no ser\u00e1 superior al 30 por ciento del \u00faltimo salario de cotizaci\u00f3n. Las tasas de reemplazo del IMSS suelen ser muy bajas.<\/p>\n\n\n\n La afiliaci\u00f3n permitida por el IMSS no contempla la antig\u00fcedad de sus trabajadores en activo, por lo que el a\u00f1o de afiliaci\u00f3n ser\u00e1 el a\u00f1o cero. Sin importar la antig\u00fcedad del trabajador al servicio del municipio, para la instituci\u00f3n de seguridad social es un trabajador de nuevo ingreso.<\/p>\n\n\n\n Los municipios que optan u optar\u00edan por el IMSS, y que tienen actualmente personal jubilado, no ser\u00e1n reconocidos por el instituto, por lo que los municipios deber\u00e1n pagar sus pensiones de su propio presupuesto.<\/p>\n\n\n\n En caso de que personal afiliado presente alg\u00fan padecimiento de salud cr\u00f3nico o enfermedad preexistente, el IMSS le podr\u00e1 fincar un capital constitutivo al municipio para financiar el tratamiento que le corresponda y los gastos m\u00e9dicos inherentes.<\/p>\n\n\n\n En relaci\u00f3n con los municipios que tienen convenio con el ISSSTE para la prestaci\u00f3n de servicios de salud (como son los casos de Candela, M\u00fazquiz, San Juan de Sabinas, San Pedro y Zaragoza), en caso de firmar un convenio con el IMSS y declinar el convenio con el ISSSTE, perder\u00e1n derechos de sus trabajadores por antig\u00fcedad al no ser portables sus prestaciones de una instituci\u00f3n a otra. E4<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Los apoyos gubernamentales para adultos mayores no resuelven el problema de fondo. 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