En la mañana triunfal del 3 de junio, y después de felicitar a la candidata electa Claudia Sheinbaum, tras lograr un porcentaje de alrededor de 35 millones de votos, que la convierte así en la primer mujer en llegar a la presidencia de México en la historia del país, el presidente AMLO, ensoberbecido que con tal triunfo «el pueblo nunca se equivoca», se fue directo a la yugular del Poder Judicial de la Federación, al anunciar con tal triunfo, que impulsará su reforma enviada a la Cámara de Diputados el pasado 5 de febrero.
«Voy hablar con Claudia, la virtual presidenta electa, lo voy a hablar porque presentamos iniciativas que están en el Congreso, a ver cuáles de esas iniciativas podemos impulsar y que se alcancen a aprobar y aunque advirtió que no tiene intenciones de imponer ninguna decisión, el jefe del Ejecutivo consideró que el Poder Judicial necesita ser reformado». (Zócalo Saltillo, Nacional 3-A, miércoles 4 de junio de 2024).
Y ya encarrilado en tan delicado tema, y con el sabor de la victoria de su candidata aún en la boca, fue tajante al afirmar:
«Yo sí pienso que se tiene que abordar el tema de la reforma al Poder Judicial, porque no es posible mantener un Poder Judicial que no esté al servicio del pueblo, de la sociedad, que esté al servicio de una minoría y a veces de la delincuencia organizada y de la delincuencia de cuello blanco», enfatizó (Zócalo Saltillo, Nacional 3-A, miércoles 4 de junio de 2024).
Ahora bien, en apretada síntesis, ¿qué se propone en dicha iniciativa conocida también como «Plan C» que el Ejecutivo Federal presentó a la Cámara de Diputados el 5 de febrero? ¿Cuáles son los alcances y riesgos que una reforma de tal envergadura al Poder Judicial de la Federación representa para nuestro sistema jurídico, al plantear reformar nuestra Constitución en tan importante materia?
Con independencia de la propuesta de reforma para igualar el salario de los ministros al del presidente de la república, que previas las modificaciones legales del caso y respeto a los derechos de estos bien pudiera considerarse como justa y necesaria, la que pretende modificar el párrafo octavo del artículo 94 constitucional, a fin de que la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de los Tribunales Colegiales de Circuito y Jueces de Distrito sean electos por elección popular, es la más atrevida, peligrosa y anticonstitucional, que trastocaría nuestro sistema jurídico que nos rige hasta la fecha.
Si bien es cierto, que, en la Constitución de 1857, se estableció que los nombramientos de los ministros de la SCJN deberían de hacerse por voto directo de los electores, con un sistema novedoso en que la población distribuida en distritos escogería primero a sus respectivos electores quienes, reunidos en un Colegio Electoral votarían a su vez por los candidatos al cargo en cuestión, no menos verídico es, que dicho sistema para elegir los 15 ministros que durarían en su encargo seis años no funcionó, al grado de que nuestra actual Constitución ya no contempla dicho mecanismo de elección, y establece el que actualmente nos rige, conforme a las reformas del 20 de agosto de 1928 y 31 de diciembre de 1994, mediante el cual los ministros son nombrados en ternas a iniciativa del presidente de la república, sometidas a la aprobación del Senado, y en caso de que este rechace la totalidad de las ternas, el presidente tiene la facultad de proponer una nueva terna, y si esta sigue siendo rechazada, entonces ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, sea designada por el presidente de la república.
Ahora bien, ¿qué riesgos implica la propuesta de reforma sometida ya a la Cámara de Diputados en este aspecto? Los tratadistas y constitucionalistas más destacados la han cuestionado, amén de los abogados, colegios, foros profesionales, catedráticos de derecho, editorialistas y analistas de la vida política nacional, y ciudadanos preocupados por el futuro del país por una obvia y simple razón: los ministros, magistrados y jueces electos mediante la designación popular que propone AMLO, al no contar con la preparación académica y jurídica exigida para tal responsabilidad, en lugar de mejorar y elevar la calidad en la Administración de Justicia Federal, vendrían a empeorarla; y lo más grave, dichos ministros, magistrados y jueces, por su falta de experiencia y desconocimiento de su función, amén del marco jurídico tan complicado y técnico existente, podrían acabar en un santiamén con un régimen protector y garantista susceptible de corrección.
En suma, a final de cuentas los más afectados con un sistema de justicia cuyos impartidores sean electos con esta visión populista seremos todos los ciudadanos, al ya no tener la seguridad al acudir en busca de impartición de justicia, con las garantías de que nuestros derechos, bienes y posesiones sean protegidos por juzgadores que obedezcan a la ley como actualmente sucede, sino a los intereses y consignas no solo del gobernante en turno, sino también de su partido.