Intereses presionan a la Corte para eliminar etiquetado frontal

El máximo tribunal del país resolverá los amparos contra la NOM-051, que obliga a las empresas a etiquetar alimentos con exceso de grasas y azúcares. La iniciativa privada argumenta que la medida vulnera sus derechos y no da resultados; Naciones Unidas defiende la legislación y llama a resistir las presiones de la industria alimentaria

Hábitos alimenticios empeoran en México

México se mantiene a la expectativa de la votación final que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitirá para resolver los amparos contra el etiquetado frontal de productos que ya ha sido pospuesta en dos ocasiones consecutivas.

El primer amparo en revisión es el 358/2022, promovido por la empresa Desde el Corazón del Fruto, SA de CV, que impugnó reformas a la Ley General de Salud, en materia de sobrepeso, obesidad y cuyo eje de argumentación es «determinar si el sistema de etiquetado frontal de advertencia, implementado (…) para alimentos y bebidas no alcohólicas vulnera los derechos de igualdad y seguridad jurídica» pues sostiene que imponerles esta regulación a sus productos es un acto discriminatorio, viola su libertad de trabajo y de comercio.

«Estoy seguro de que los amparos no van a prosperar, porque si los ministros de la Corte aprueban algo en contra de la salud del pueblo pues no sé qué sucedería. Cuando menos se sabría, no nos vamos a quedar sin mencionarlo, porque no puede estar, bajo ninguna circunstancia, por encima de la salud del pueblo el interés de lucro».

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México

El proyecto de sentencia que ya formuló la ministra Yasmín Esquivel Mossa en aras de resolver dicho amparo, asevera que el sistema de etiquetado frontal de advertencia, implementado como resultado de los cambios a los artículos 212 y 215 de la ley referida no vulnera los derechos de igualdad y seguridad jurídica reclamados.

«Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que, al resultar infundados y fundados pero inoperantes los agravios, lo procedente es, en la materia de la revisión, confirmar la sentencia recurrida y negar el amparo y protección de la justicia federal, en términos del considerando sexto de la presente ejecutoria. Asimismo, queda sin materia la revisión adhesiva», cita el acuerdo correspondiente.

Esta propuesta fue distribuida a sus pares de la Segunda Sala de la SCJN y preparada originalmente para votarse el 9 de noviembre pasado. Sin embargo, ese día se canceló la sesión y el asunto se pospuso para una semana después. El 16 de noviembre tampoco se llevó a cabo la consulta y la propia ministra Esquivel anunció que quedaría en lista.

A ese primer amparo se han agregado otros —suman cuatro— promovidos por Herdez, Alimentos del Fuerte, Nutrisa y McCormick.

No es la primera vez que la SCJN y la ministra Esquivel se enfrentan a un litigio de esta naturaleza. En mayo de 2019 dejaron sin sustento otro amparo, promovido contra el anterior sistema de etiquetado, que expresaba la cantidad de azúcares, carbohidratos o grasas que contenía un producto como porcentaje de la ingesta diaria necesaria.

El tema de los amparos contra el etiquetado frontal terminó por llamar la atención del presidente Andrés Manuel López Obrador que se pronunció en contra de los recursos legales presentados por la iniciativa privada. «Estoy seguro de que los amparos no van a prosperar, porque si los ministros de la Corte aprueban algo en contra de la salud del pueblo pues no sé qué sucedería. Cuando menos se sabría, no nos vamos a quedar sin mencionarlo, porque no puede estar, bajo ninguna circunstancia, por encima de la salud del pueblo el interés de lucro. Que se vayan a robar más lejos. O sea, no puede ser que se afecte la salud del pueblo», comunicó en su conferencia matutina del 15 de noviembre.

Por su parte, Ruy López Ridaura, director general del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, calificó de inaudito que la iniciativa privada busque ampararse en contra del nuevo etiquetado nutrimental. «Sí sorprende que haya llegado hasta la Suprema Corte un amparo hacia el etiquetado, de ya no es uno, sino son cuatro, estamos conscientes de esto. Digo, esto es un amparo en donde están reclamando una serie de derechos de los empresarios, cosa que es totalmente inaudito», dijo el funcionario en la misma mañanera.

Preocupación internacional

La ausencia de una resolución definitoria por parte de la SCJN sobre los amparos presentados por la iniciativa privada provocó la reacción expedita de las relatorías especiales y grupos de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (NU) que enviaron una carta al Gobierno de México donde comparten su preocupación y puntos de vista a considerar.

Indica el documento: «En primer lugar, quisiéramos resaltar que la legislación en México con respecto al etiquetado frontal de advertencia ha sido una respuesta idónea y eficiente en la respuesta de salud en el contexto de las altas tasas de obesidad infantil, al igual que para hacer frente a las altas cifras en materia de enfermedades no transmisibles (ENT) y de mortalidad. (…) Al mismo tiempo quisiéramos expresar nuestra preocupación en caso de que una decisión a favor de los Amparos, la cual podría crear un retroceso en la legislación adoptada en virtud de cumplir con sus obligaciones internacionales de proteger los derechos a la alimentación, la salud, al igual que los derechos culturales».

Agrega la misiva que «la normativa sobre el etiquetado de advertencia en la parte delantera del envase también es pertinente si se tiene en cuenta la prevalencia desproporcionada de las ENT en las poblaciones en situación de vulnerabilidad, incluidas las personas que viven en la pobreza. El sistema de etiquetado de advertencia en la parte delantera del envase no sólo es eficaz para proteger los derechos a la salud y a una alimentación adecuada, sino que también equilibra el punto de partida de todos los consumidores al proporcionar igualdad en el acceso a la información pertinente para la salud».

Recuerdan los relatores que el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona «a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, en especial la alimentación», mientras que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) interpreta el derecho a la salud «como un derecho inclusivo que no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores determinantes de la salud, como (…) el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada», entre otras.

Firman el documento Tlaleng Mofokeng, relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; Fernanda Hopenhaym, presidenta-relatora del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas; Alexandra Xanthaki, relatora especial sobre los derechos culturales, y Michael Fakhri, relator especial sobre el derecho a la alimentación.

Regulaciones activas

Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) la hipertensión, la hiperglucemia en ayunas —medida como el nivel de glucosa en plasma en ayunas— y el sobrepeso o la obesidad son los tres factores de riesgo más asociados con la mortalidad en América. El consumo excesivo de azúcares, grasas y sodio es un problema de salud pública que se asocia a este tipo de enfermedades no transmisibles.

Para evitar la ingesta excesiva de dichos nutrientes se requiere limitar la disponibilidad, asequibilidad y promoción de alimentos procesados y ultraprocesados con la aplicación de leyes que regularicen la demanda y oferta de productos que contienen cantidades excesivas de ingredientes críticos.

Siguiendo esta línea, en octubre de 2019 el Gobierno de la 4T modificó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051 y adoptó el etiquetado frontal de advertencia, en sustitución de las guías diarias de alimentación, conocidas como GDA, con el objetivo de brindar mayor información nutricional a los consumidores en productos preenvasados, a través de cinco sellos negros —«EXCESO CALORÍAS», «EXCESO AZÚCARES», «EXCESO GRASAS SATURADAS», «EXCESOS GRASAS TRANS» y «EXCESO SODIO»— y dos leyendas precautorias —«CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS» y «CONTIENE EDULCORANTES. NO RECOMENDABLE EN NIÑOS»— en las presentaciones de los artículos.

Asimismo, los productos pequeños —superficie de exhibición menor o igual a 40 centímetros cuadrados— presentan microsellos que indican el número de ingredientes críticos para la salud que contiene el producto.

Las especificaciones del nuevo etiquetado de advertencia entraron en vigor el 1 de octubre de 2020.

Además, a partir del 1 de abril de 2021 los productos que contengan uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes tuvieron que eliminar de los empaques a personajes como el Tigre Toño, Pancho Pantera, Melvin, Chester Cheetos o el Osito Bimbo, ya que la legislación prohibió el uso de figuras animadas, así como deportistas, celebridades y mascotas para fomentar el consumo de un producto.

IP expone argumentos

La iniciativa privada ligada a la industria alimenticia sostiene que el sistema de etiquetado frontal no informa adecuadamente a los consumidores pues no permite distinguir los productos que apenas rebasan el límite establecido de aquellos que lo sobrepasan sobradamente, lo cual genera la impresión de que son iguales nutricionalmente. En pocas palabras, para el usuario será igual el alimento que se excede por 1% de la grasa permitida que aquel que la supera en 50% pues ambos productos tendrán el mismo sello.

Oliver Galindo Ávila, experto en propiedad intelectual, en su artículo «Etiquetado de advertencia, el falso debate» (El Financiero, 16.11.22) cuestiona también el pragmatismo de esta iniciativa. «Otro aspecto relevante es que la norma de etiquetado no ha traído los resultados que se esperaban. A casi dos años de su implementación, la obesidad en México y las muertes por diabetes siguen rampantes, así lo demuestran todas las encuestas y estudios recientes como el Atlas Mundial de Obesidad 2022 que pronostica un crecimiento de 2.5 por ciento anual en la obesidad infantil de México hasta el año 2030», escribe.

Al respecto, en junio, ya había llamado la atención el gerente de Kantar en México, Fabián Ghirardelly, quien, a la par que admitía la aceptación masiva de la iniciativa, minimizaba su impacto al no existir productos sustitutos para los que se marcaban como potencialmente dañinos. «No vemos un impacto por el etiquetado en México. Ya llevamos seis meses y no estamos viendo un impacto significativo, claro, que podamos asociar a los sellos en el cambio de hábito de compra o consumo de los hogares derivado de los sellos», opinó (Forbes, 08.06.22).

Y reforzaba con estadísticas su argumento. «A pesar de los sellos negros de advertencia Coca Cola se posicionó como la marca más adquirida por los mexicanos el año pasado, con presencia en el 97.7% de los hogares en el país y una taza de elección del 60.9%. Mientras que Bimbo se ubica en el segundo lugar, pero tiene una penetración del 99.3%; seguida por Lala, con una penetración del 94.7%; Nutri, con una penetración del 76.8%; Alpura, con una penetración del 66.8%. Asimismo, dentro del top 50 están La Moderna, Pepsi, La Costeña, Nescafé, Knorr, McCormick, Colgarte, Cloralex, Suavitel, Cheetos, Bonafont, Zote, Del Valle, Jumex, Maruchan, Suavel, Marías, Ensueño, Carnation, Doritos, Jarritos, Sabritas, Herdez, Tang y Red Cola».

A los argumentos vertidos por Ghirardelly, el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) no tardó en responder señalando cuatro errores en su investigación:

1) Se basa en un análisis por marca y no de uno por producto. De acuerdo con la definición de Kantar, las marcas enumeradas incluyen todas las variantes, categorías y formatos que se encuentran dentro de ellas. Lo cual implica una generalización que no procede con el estudio de la efectividad de los sellos pues estos se asocian a los disímiles productos que puede poseer una misma marca.

2) No considera la reformulación de productos. La evaluación de compra debe realizarse con base en la diferencia de compra de productos con sellos y sin sellos, pre y post implementación.

3) No distingue nuevos productos de los previamente existentes. Tras la aprobación de la NOM-051, diversas marcas han desarrollado nuevos productos libres de sellos, los cuales podrían sesgar los resultados.

4) No considera el corto tiempo de implementación del etiquetado de advertencia. Los resultados presentados por Kantar no corresponden a una evaluación de impacto ni tiene en cuenta las prórrogas que retrasaron la puesta en marcha de los etiquetados frontales. E4

Fases de aplicación de la NOM-051

Fase 1Fase 2Fase 3
Oct. 2020 – Oct.2023Oct. 2023 – Oct. 2025Octubre 2025
Solo se aplica el perfil a los nutrimentos críticos añadidos.
El 1 de abril de 2021 entra en vigor la restricción de publicidad.
Serán más estrictos los lineamientos para establecer el exceso de nutrimentos críticos.
Solo se aplica el perfil a los nutrimentos críticos añadidos.
Se aplicará el perfil de forma íntegra (nutrimentos añadidos y no añadidos).
Fuente: Alianza por la salud alimentaria


Hábitos alimenticios empeoran en México

México ocupa actualmente el quinto lugar en obesidad a nivel mundial —por detrás de Estados Unidos, China, India y Brasil— según datos del Atlas Mundial de la Obesidad 2022. Durante las dos últimas décadas, el país ha sido testigo de un vertiginoso incremento de la obesidad entre la población adulta, consecuencia —entre otros factores— de la prevalencia de este fenómeno desde que eran niños. De mantenerse la tendencia, para 2030, 6.8 millones de jóvenes sufrirán dicho padecimiento. Pero no solo eso. El mismo estudio apunta a que para esa fecha 42.9% de los niños y jóvenes mexicanos comprendidos entre los 5 y 19 años, así como el 36.8% de los adultos —más de 35 millones de personas— padecerán obesidad. Los costos económicos de 2019 provocados por esta condición se estimaron en 26 mil millones de dólares, y se prevé que para 2060 aumenten a 160 mil millones de dólares.

Simón Barquera, director del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto Nacional de Salud Pública, señala un sostenido y negativo cambio de conducta alimenticia en los últimos años. A juicio del especialista, el aumento en un 40% del consumo de bebidas azucaradas, así como comidas procesadas; frente a la menor ingesta de alimentos importantes como las leguminosas —frijoles, lentejas, habas— y el beber poca agua son factores que de manera conjunta han contribuido para el incremento en los índices de obesidad entre la población mexicana.

A la mala nutrición la doctora Donna Ryan, expresidenta de la Federación Mundial de la Obesidad, le agrega la falta de ejercicio físico, de sueño y el aumento del estrés para completar la peligrosa fórmula que conduce a las personas a acumular grasas en los lugares incorrectos —abdomen, hígado, riñones, alrededor del corazón y páncreas—. «Justo esa grasa maligna va a causar diabetes, enfermedades cardiacas, 13 tipos de cánceres, entre otros», comenta la especialista.

A juicio de Johanna Ralson, CEO de la Federación Mundial de la Obesidad, resulta vital que el Gobierno no solamente reconozca la existencia de esta enfermedad, sino que se institucionalice como tal. «Es trascendental asegurarnos que las políticas públicas reconozcan el desafío de la obesidad», indica. E4

Estimaciones para 2030

  • Niñas y niños con obesidad: 2 millones 500 mil 411 (entre 5 y 9 años) y 4 millones 244 mil 504 (de 10 a 19 años).
  • 36.8% de la población adulta con obesidad (nivel muy alto).
  • 45.3% de muertes prematuras por enfermedades no transmisibles (nivel alto).

La Habana, 1975. Escritor, editor y periodista. Es autor de los libros El nieto del lobo, (Pen)últimas palabras, A escondidas de la memoria e Historias de la corte sana. Textos suyos han aparecido en diferentes medios de comunicación nacionales e internacionales. Actualmente es columnista de Espacio 4 y de la revista hispanoamericana de cultura Otrolunes.

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