En el torrente de noticias y comentarios que en las últimas semanas literalmente han abrumado la opinión pública nacional con respecto a los dos «procesos políticos» (así los llaman tanto el INE como el Tribunal Electoral, para no nombrarlos «precampañas electorales»), que a lo largo y ancho del país se vienen desarrollando como a todos nos consta, ha pasado inadvertida una radical diferencia entre uno y otro «proceso». Es decir, entre el que despliegan Morena y sus aliados con su media docena de «corcholatas», y el que lleva a cabo el Frente Amplio por México (FAM) formado por los partidos PAN, PRI y PRD.
Tal diferencia, muy importante, que debe quedar históricamente registrada, consiste en que el espectáculo de las «corcholatas» (así despectivamente llamadas por su propio creador y que ellas, hasta donde se ve, aceptan con gusto), es una ilegal farsa circense surgida como una más de las ocurrencias del Caudillo, en tanto que en notorio contraste el FAM corresponde a una figura legal y legítima establecida por el orden jurídico y aprobado expresamente por la autoridad de la materia.
En efecto, la figura del Frente está prevista en el artículo 86 de la Ley General de Partidos Políticos. Se materializa —dice este precepto— cuando dos o más partidos acuerdan constituirse en Frente «para alcanzar objetivos políticos y sociales compartidos de índole no electoral». Tal es su definición.
El texto de dicho artículo precisa que los partidos que decidan constituirse en Frente deberán celebrar un convenio, que presentarán ante el consejo general del INE, el cual resolverá en un término de diez días si cumple los requisitos legales y publicarse el Acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación. Lo cual ya sucedió así en el caso del Frente Amplio por México.
Se dirá que el FAM incluye entre sus objetivos al menos uno de «índole electoral», que la ley prohíbe. De la revisión hecha al convenio suscrito por los tres partidos, la autoridad electoral no lo vio así y quedó convencida de ello. Pero como quiera es un punto que se puede discutir, sobre la base de razonamientos lógicos y jurídicos.
En notorio contraste, ante el pánico que sin duda le debieron provocar los resultados adversos para Morena de las elecciones federales intermedias de 2021, López Obrador decidió como estrategia chapucera adelantar la precampaña presidencial para posicionar a sus precandidatos, y así sacarle ventaja a la oposición.
A sabiendas de que ello implica violar la ley, pues ésta dispone que las precampañas electorales no deben iniciar antes de la tercera semana del mes de noviembre del año previo al de la elección, AMLO resolvió llevar a cabo a partir de junio un proceso teatral para designar a un «coordinador de la defensa de la transformación», que automáticamente se transformará en su candidato presidencial. Y ordenó al consejo nacional de Morena proceder en consecuencia. Qué tan burda no será la farsa que el caudillo y sus seguidores olvidaron que tal «coordinación» ni siquiera está prevista en los Estatutos de Morena.
Con motivo de la aprobación del FAM, el Tribunal Electoral (TEPJF) indicó al INE dictar unos Lineamientos para regular el proceso político del Frente. Lo cual se aprovechó para que las reglas y directrices de esos Lineamientos apliquen también, según se lee en el respectivo acuerdo del INE, por tratarse de «un hecho notorio», pero no legal, toda vez que ha provocado numerosas quejas y denuncias, se apliquen —sigue diciendo el acuerdo del INE— al otro «procedimiento similar», en clara alusión a la farsa de Morena y sus aliados. Misma que por más vergonzosa que sea, así deberá quedar registrada por la historia. La «historia que juntos estamos haciendo», dirá el caudillo.