Aunque el derecho a un medio ambiente sano ha empezado a jugar un papel importante ante los tribunales internacionales, su validez y reconocimiento todavía implica un largo proceso de fortalecimiento de capacidades y voluntad política institucional
Agenda con enfoque en derechos humanos
Considerando la relevancia del Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (2018, Escazú, Costa Rica), para las mujeres defensoras territoriales y ambientales de México, y convencidas de que su ratificación por parte del Gobierno mexicano representa una oportunidad para atender de manera integral y urgente los asuntos ambientales y los derechos humanos, con base al bloque constitucional y al marco normativo de igualdad de género, buscamos que se reconozca de manera amplia nuestra labor y la permanente vulnerabilidad a ser criminalizadas, entre otras violencias, que atentan contra nuestra integridad física y mental, así como la de nuestras familias.
Emprendimos desde octubre del 2021, un proceso de aprendizaje e intercambio para analizar desde un enfoque feminista y crítico el Acuerdo de Escazú. Para lo cual Veredas AC1 recopiló y sistematizó la información sobre los que ahora son nuestros casos de defensa territorial.
Entre las experiencias de defensa territorial se destacan los proyectos mineros, los megaproyectos como el Tren Maya, el Corredor Transístmico, la ampliación de infraestructura urbana en suelo de conservación, la instalación de presas y subestaciones eléctricas, los basureros tóxicos, el acaparamiento del agua por parte de refresqueras y cerveceras, la tala ilegal de bosques, los monocultivos, la instalación de energías «renovables».
Con esta información se buscó establecer y caracterizar el tipo de incidencias territoriales y los impactos diferenciados de género, y en distintas esferas de la vida de las mujeres defensoras y sus derechos humanos.
El análisis y la sistematización de la información se concentró en los cinco temas principales del Acuerdo de Escazú, desde los casos concretos de las mujeres defensoras, dentro de los cuales se destacan los siguientes, a manera de síntesis de nuestro posicionamiento:
La Exigibilidad de los Derechos Humanos comprendidos en el Acuerdo Escazú para las Mujeres Defensoras.
Es necesario construir con otras organizaciones y redes una agenda amplia que permita delinear una ruta de exigibilidad de los derechos comprendidos en el acuerdo y vincularlos con los derechos de las mujeres y el bloque constitucional de derechos humanos en México.
Si bien, el derecho humano a un medio ambiente sano ha empezado a jugar un papel importante ante los tribunales internacionales, su validez y reconocimiento todavía implica un largo proceso de fortalecimiento de capacidades y voluntad política institucional, que centralmente dote de recursos suficientes y adecuados para que el estado sea garante de derechos humanos, específicamente en este caso, los derechos implicados en el acceso a la información, la participación, a un justo proceso en los temas ambientales y además la protección a personas defensoras ambientales, sin discriminación y libre de violencia para las mujeres defensoras.
Implementación plena y efectiva del acceso a la información ambiental de manera oportuna y adecuada (artículos 5 y 6).
Es insuficiente la plataforma de acceso a la información, además obliga a revelar la identidad, lo que aumenta el riesgo y la vulnerabilidad. No hay mecanismos que garanticen un efectivo acceso a la información de forma pronta y expedita, lo que tiene graves consecuencias para la toma decisiones, los derechos colectivos y la participación comunitaria de las mujeres.
El interponer un recurso de revisión implica procesos largos y desgastantes, las mujeres defensoras son estigmatizadas. El acceso a la información debe ser incluyente, especialmente para comunidades que hablan en lenguas indígenas, no tienen acceso a luz eléctrica, telefonía y/o internet. Es necesario garantizar hacer públicos los informes de impacto ambiental (MIA) y las autorizaciones de cambio de uso del suelo, concesiones de agua, mineras, entre otras.
Reconocimiento del derecho humano a la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales (artículo 7).
Existe un gran desgaste físico y mental de las defensoras, por los conflictos y la división en las comunidades, los ataques basados en nuestra vida personal, como herramienta de desprestigio, descalificación social y judicial. La participación tiene que estar basada en el reconocimiento de la igualdad de género, en el respeto y reconocimiento de los derechos y del liderazgo de las mujeres.
Enfrentamos simulaciones a las consultas y la participación por parte de empresas en complicidad con las autoridades, por lo que es fundamental que consideren realmente los más altos estándares de derechos humanos y se respete la libre determinación de los pueblos (principios de asamblea, autonomía, organización comunitaria, el art. 169 de la OIT), el derecho a una vida libre de violencia y discriminaciones, el empoderamiento.
Acceso a la justicia en temas ambientales (artículo 8).
El interponer denuncias o amparos implican recursos y tiempo no remunerado de las mujeres, sus familias, sus organizaciones y/o comunidades; la experiencia revela que finalmente, las sentencias y recomendaciones favorables no se cumplen ni resuelven, desembocando en la prevalencia de la impunidad y aumentando la vulnerabilidad y el riesgo de ser desaparecidas, encarceladas o asesinadas. Los Ministerios Públicos no integran las denuncias correctamente, falta de capacitación, prevalecen los sobornos, la corrupción y el tortuguismo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Poder Judicial en su conjunto, juegan un papel fundamental en la medida en que las sentencias resuelven los casos en los más altos estándares de protección a los derechos humanos, por lo que la armonización de la legislación estatal y federal con respecto al Acuerdo de Escazú es una labor urgente.
Hay preocupación centrada en proyectos industriales que representan riesgos para las comunidades del entorno a donde se desarrollan, porque normalmente no se explica en qué consisten ni los mecanismos de actuación en caso de siniestros, como es el caso del CIMARI instalado en General Cepeda, Coahuila
Es necesario contar con mecanismos para sancionar al país que no cumple con el acuerdo a pesar de haberlo ratificado. La participación de la sociedad civil organizada y de los grupos mayormente afectados en sus derechos humanos, como las mujeres defensoras, debe ser reconocida en el monitoreo de su cumplimiento e implementación a nivel nacional y regional.
Protección a personas defensoras de derechos humanos asociados con el ambiente (artículo 9).
Las mujeres defensoras desempeñan su labor en contextos de narcotráfico y crimen organizado, no seguros y con una alta exposición a la discriminación interseccional y a las violencias patriarcales. El mecanismo federal de protección a defensoras de derechos humanos y periodistas en momentos de emergencia resulta ser lento, es ineficiente y reactivo (botones de pánico, escoltas, cámaras, rejas, etc.) que al final de cuentas no dejan de ser medidas policiacas. Sistemáticamente se niega a atender las causas estructurales del riesgo que perpetúan los ataques: impunidad ante conflictos agrarios históricos y socioambientales. Ante la falta de credibilidad ante las autoridades y de medidas institucionales eficaces, las defensoras proponen con la cooperación internacional que se derive de este Acuerdo, otras medidas de protección y seguridad comunitaria, alianzas con otras organizaciones y redes locales, subnacionales, nacionales, regionales e internacionales, aunque ello requiera de mucha organización permanente.
El ataque constante sólo se puede enfrentar con una política pública de protección a las defensoras que responda a una visión de estado. Existe preocupación por los cambios en la Ley General de Protección pues la seguridad de las personas defensoras quedaría en manos de las entidades federativas, las cuales, en muchos casos, están implicadas en los ataques en su contra. Establecer un marco de seguimiento y registro de las agresiones contra personas defensoras, diferenciada, por sexo, edad, pertenencia étnica, migración, desde un enfoque interseccional de las discriminaciones, que facilite la garantía de sus derechos y mejorar los mecanismos de protección. Crear y fortalecer espacios de la sociedad civil, en los que las defensoras confíen en su seguridad y la atención a su salud, tanto física, mental y espiritual.
Fortalecer capacidades nacionales y la cooperación (artículos 10 y 11).
De acuerdo con la experiencia de las defensoras en todos los temas principales del acuerdo, hacen falta capacidades —Poder Judicial, Legislativo y Ejecutivo— y voluntad política para su implementación. Disminuir la dependencia y los incentivos fiscales a los proyectos extractivos y la generación de energías renovables que no respetan los derechos humanos, no benefician a las comunidades y causan daños irreversibles a los bienes comunes y los ecosistemas.
Las políticas públicas y los proyectos de cooperación al desarrollo no pueden seguir financiando actividades extractivas y megaproyectos que vulneren los derechos humanos y pongan en peligro la vida de las defensoras. Promover los espacios de autocuidado, retomar el impacto que tiene establecer vías de comunicación e interlocución entre las defensoras, conocerse y acompañarse, compartir experiencias para, de alguna forma, consolidar espacios de protección e interacción, recuperar las prácticas culturales que puedan propiciar la cohesión social de las comunidades. E4
Proyectos que despiertan la preocupación…
Posicionamiento de defensoras mexicanas ante la COP del Acuerdo de Escazú, abril 2022.
Los casos de las mujeres defensoras territoriales participantes en la iniciativa:
1) Defensa de los Humedales de Montaña frente a su destrucción; además el acaparamiento y sobreexplotación del agua por la empresa FEMSA Coca Cola / San Cristóbal de las Casas, Chiapas
2) Campaña: El Istmo es nuestro / Juchitán, Oaxaca
3) Todas y Todos en Defensa del Humedal de Xochimilco / Xochimilco, CDMX
4) Grupos Comunitarios Organizados en contra de los Monocultivos / Tenosique, Tabasco
5) Comunidades ódami y rarámuri en defensa del territorio y bienes naturales / Sierra Tarahumara de Chihuahua
6) El pueblo maseual contra la subestación eléctrica promovida por CFE, diversas / Sierra de Puebla
7) Las comunidades de Cherán: Levantamiento por la Defensa del Agua y el Bosque; organizaciones en el Municipio de Cuetzalan, Puebla (COTIC) / Cherán, Michoacán
8) Basurero de desechos tóxicos SEMNSA, rehabilitación de la cuenca del arroyo San Miguel y recuperación del arroyo Urdiñola / Saltillo y municipios colindantes, Coahuila
9) Las comunidades de Ixtacamaxtitlán en resistencia, ante el proyecto minero de Almaden Minerals / Sierra Norte de Puebla
10) Defensa del agua y territorio de Mexicali ante cerveceras y refresqueras / Mexicali, Baja California
Agenda con enfoque en derechos humanos
Nos preocupa el debilitamiento y desmantelamiento, por parte del Gobierno, de instituciones que pueden velar por la protección y defensa de los territorios y los derechos humanos. Las mujeres hemos emergido como protagonistas del sostenimiento de los medios de vida de nuestras familias y comunidades, de los cuidados que forman parte clave para enfrentar las crisis climáticas, sanitarias y económicas, y finalmente como defensoras de los territorios y los bienes naturales, arriesgando nuestras vidas frente a una creciente criminalización de los movimientos, la persecución y el asesinato.
Las mujeres hemos emergido como protagonistas del sostenimiento de los medios de vida de nuestras familias y comunidades, de los cuidados que forman parte clave para enfrentar las crisis climáticas, sanitarias y económicas
Jackie Campbell
Para hacer valer el Principio 10 de la Declaración de Río, el cual tiene por objeto luchar contra la desigualdad y la discriminación y garantizar los derechos de todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, es necesario colocar categorías tales como género, mujeres, etnia, interseccionalidad, juventudes, niñez, que permitan visibilizar y enfrentar de manera contundente las barreras que vivimos las mujeres para implementar el Acuerdo de Escazú.
Se impone la imperiosa necesidad de que, como defensoras, conozcamos de estrategias jurídicas, ampliemos acciones colectivas, establezcamos nuevas alianzas y agendas para la exigibilidad del Acuerdo de Escazú, lo que se suma a las múltiples tareas que desempeñamos en momentos de crisis y recuperación económica, además del aumento de las agresiones contra nosotras y las comunidades. Nuestra labor no puede implicar arriesgar la vida por defender estos derechos que a su vez abrazan la vida en todas sus formas.
Tenemos esperanza de que este Acuerdo no quede en el limbo y se traduzca en disposiciones y políticas concretas. No puede postergarse más la responsabilidad del estado para garantizar la seguridad, espacios libres de violencias para desarrollar los trabajos de las mujeres defensoras. Se deben incluir estrategias ante contingencias inesperadas que afectan directamente a las mujeres en general, pero las defensoras están confrontando una gama de amenazas, sin garantía, sin seguridad, sin protección. El Acuerdo de Escazú engloba las demandas de las mujeres y los pueblos indígenas frente a los megaproyectos y los extractivismos que llegan a despojarnos del territorio utilizando la desinformación, la violencia hacia la población y las y los defensores, nos niegan el derecho a la libre determinación; si este acuerdo se respeta, las defensoras y defensores del territorio podremos tener posibilidades de acceder a la justicia ambiental. Esperamos que este testimonio pueda tener una recepción con su debido acuse histórico y político. E4